Poder con Código QR en Venezuela: criterio de la Sala Constitucional

La Sala Constitucional aceptó como válida una copia certificada de poder con Código QR, previa verificación por Secretaría.

El punto central no fue “digitalizar por digitalizar”, sino determinar si ese documento podía acreditar representación judicial en una solicitud de revisión constitucional.

Estos fueron los hechos

La Sala había declarado inadmisible una solicitud de revisión constitucional por falta de legitimidad o representación.

Luego, el apoderado judicial pidió aclaratoria y sostuvo que sí había consignado copia certificada del poder otorgado por su representada.

Ese poder había sido expedido por una notaría y contaba con Código QR para verificar su autenticidad en el sistema correspondiente del SAREN.

Esto razonó la Sala

La Sala recordó que quien actúa en nombre de otra persona debe consignar original o copia certificada del poder, porque no puede haber duda sobre la representación judicial.

Pero también analizó que la normativa permite el uso de medios electrónicos, documentos verificables, firmas electrónicas y mecanismos de interoperabilidad entre órganos del Estado.

Por eso concluyó que el Código QR podía servir como mecanismo de verificación, siempre que permitiera comprobar el documento en el repositorio institucional correspondiente.

La Sala no validó el QR como simple imagen, sino como vía para confirmar autenticidad, integridad y correspondencia del poder consignado.

Máxima literal

“desde ahora en adelante la Sala Constitucional aceptará como válida la copia del poder con certificación del Código QR, al cual se le hará la verificación correspondiente por la Secretaría de la Sala”.

Qué decidió al final

La Sala declaró procedente la aclaratoria y revocó la sentencia anterior que había declarado inadmisible la revisión por falta de representación.

Sin embargo, al revisar el fondo, declaró no ha lugar la solicitud de revisión constitucional.

Para la Sala, la discusión sobre el memorándum laboral y el “OK Aprobado” era un tema de valoración probatoria, no una infracción constitucional que justificara reabrir el caso.

Para qué casos puede servir

Puede servir cuando se consignen poderes notariales con Código QR ante la Sala Constitucional, siempre que puedan ser verificados por Secretaría.

También puede orientar a abogados que presentan documentos certificados electrónicamente y necesitan demostrar representación, autenticidad o trazabilidad.

En empresas, puede servir como alerta para revisar cómo se reciben, validan y conservan poderes, certificaciones, constancias o documentos emitidos con mecanismos electrónicos de verificación.

Preguntas que abre para la audiencia

Si la Sala aceptó un poder con QR porque era verificable, ¿qué otros documentos podrían depender de una lógica similar?

¿Basta con guardar el PDF o también debería conservarse evidencia de la validación realizada?

¿Qué pasa si el QR deja de funcionar, cambia el enlace o ya no se puede acceder al repositorio?

¿Quién debería verificar el documento antes de usarlo: el abogado, la empresa, el tribunal o todos?

Qué no debe concluirse

No debe concluirse que todo documento con QR tiene valor probatorio automático.

Tampoco debe asumirse que cualquier copia digital sustituye un original o una copia certificada.

La sentencia se refiere a un poder en copia certificada con Código QR, verificable por Secretaría, dentro de una solicitud ante la Sala Constitucional.

Conclusión

La sentencia abre una puerta importante para la prueba y gestión documental electrónica.

Pero el criterio no descansa en “tener QR”, sino en poder verificar autenticidad, integridad y trazabilidad del documento cuando sea cuestionado.

Para abogados y empresas, la pregunta práctica es simple: si mañana ese documento se discute, ¿puedes demostrar de dónde salió, cuándo se verificó y que no fue alterado?

Texto Integro: https://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/marzo/353101-0111-2326-2026-25-1156.HTML

Preguntas frecuentes

¿La Sala Constitucional aceptó poderes con Código QR?

Sí. La Sala aceptó como válida la copia certificada del poder con Código QR, siempre que sea verificada por Secretaría.

¿La sentencia valida cualquier documento con Código QR?

No. El caso se refiere a un poder en copia certificada, verificable en un repositorio institucional, dentro de una solicitud ante la Sala Constitucional.

¿Qué deberían revisar abogados y empresas?

Deben verificar que el QR funcione, que remita a una fuente confiable, que el documento conserve sus elementos formales y que exista evidencia de la validación realizada.

Checklist para validar poderes con Código QR

  • Confirmar que el poder sea original, copia certificada o documento impreso verificable mediante Código QR, y no solo un archivo o impresión sin respaldo de certificación.
  • Escanear el Código QR antes de consignar el documento.
  • Confirmar que el QR remita a una fuente institucional verificable.
  • Guardar evidencia de la validación realizada.
  • Revisar que el documento conserve fecha, firma, nota de autenticación y datos notariales esenciales.